El gobierno griego acaba de aprobar el decreto nº GY/39A sobre "restricción de la transmisión de enfermedades infectocongaiosas". Este decreto pemite a los cuerpos de seguridad del estado detener arbitrariamente a cualquier persona para someterla a las pruebas de detección o control obligatorias.
Esta norma ya había entrado en vigor en abril de 2012 en vísperas de las elecciones generales; a la vez que abrían un centro de internamiento de extranjeros en Amygdaleza. Con la aplicación de esta norma se realizaron cientos de pruebas a prostitutas. 17 de ellas (griegas, búlgaras y rusas) resultaron ser seropositivas. La polícia publico en su página web los nombres, las fotografías, datos biográficos de estas 17 prostitutas al considerar que representaban una emergencia sanitaria. Estas prostitutas fueron encarceladas hasta que fueron absueltas del delito de causar intencionadamente daño a terceros; las últimas 5 quedaron libres en marzo. Este decreto fue revocado en abril pasado por la viceministra de Sanidad.
La nueva crisis del gobierno griego, con la salida de Izauierda Democrática del tripartito y la entrada en el ministerio de un miembro del partido nacionaista Laos, Adonis Georgiadis, reintrodujo de nuevo el decreto.
Además del VIH, este decreto incluye otras enfermedades "de relevancia sanitaria pública", enfermedades que se creían erradicadas en Europa y que debido a las condiciones de miseria y pobreza provocan alarma, como la tuberculosis, la malaria, la polio, la hepatitis o la sífilies. Las víctimas a las que se dirige la ley son drogodependientes por vía intravenosa, trabajadores del sexo, inmigrantes ilegales que proceden de países donde estas enfermedades sean endémicas y gente que viva en condiciones que no reúna las mínimas condiciones de higiene...
La polícia tiene autoridad para hacer cumplir el aislamiento del sujeto, la cuarentena e incluso el tratamiento que se le prescriba.
El número de contagios ha aumentado un 200% desde 2011, los centros de tratamiento han visto como se reducía su presupuesto hasta la mitad.
Es obvio que estas medidas atentan contra el principio de autonomía, el paciente no puede decidir si se somete o no a las pruebas y parece que tampoco al tratamiento. ¿Esta justificada esa pérdida de autonomía por defender los derechos de terceros? Debemos decir que políticas restrictivas en relación con el VIH/SIDA ya se habían practicado en otros países. Así por ejemplo, en Cuba se estableció una propuesta en 1986 y amparada por un decreto ley nº54 de 1981 del MINSAP que atribuía a las autoridades sanitarias el derecho a crear medidas excepcionales de cuarentena con el fin de evitar la difusión de la enfermedad y ofrecer una atención médica calificada para prolongar la vida de los pacientes. El primer sanatorio cubano comenzó a funcionar en 1986.
Entendemos que las medidas que conlleva una disminución de la autonomía deberían ser muy limitadas y siempre ante situaciones excepcionales. En el caso que nos trata entendemos que no se da esa excepcionalidad, ya que existen otras medidas preventivas eficaces para evitar la transmisión de esas enfermedades, como puede ser el uso del preservativo en las relaciones sexuales. Además debemos tener en cuenta que la estigmatización de estos grupos de población siempre genera marginación y aislamiento, desconfianza hacia las autoriades públicas y sanitarias y creación de grupos de población con un mayor riesgo a sufrir enfermedades y conformarse en reservorios de otros procesos. Las políticas de estigmatización además generan en el resto de la población una falsa sensación de invulnerabilidad, de que no pueden contagiarse de la infección porque sientes que perteneces a un grupo "libre de la misma".
En resumen, no parece que existan motivos poderosos para proceder a limitar la autonomía y los derechos de los ciudadanos, y existen otras estrategias para reducir la transmisión de estas enfermedades que son más eficaces y garantizan la libertad de la población.
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