XIV FORO DE ÉTICA Y ENVEJECIMIENTO
Los días 9 y 10 de Noviembre/17
asistimos a una nueva edición de este Foro como ya va siendo habitual en estas
fechas año tras año, con un programa interesante en relación con temas de
candente actualidad.
La Conferencia inaugural a cargo
de Julio Gómez de la Unidad de Cuidados Paliativos de San Juan de Dios de
Santurce, verso sobre “acompañar el sufrimiento: un reto y un imperativo
ético”. La exposición fue brillante y consiguió impactar el ánimo de los
asistentes por la carga emocional que conlleva la atención a las personas con
enfermedad mortal en el final de sus días. Si miramos este aspecto fundamental
del cuidado desde una perspectiva racional, sin sentimentalismo, es fácil darse
cuenta de lo importante que es el apoyo profesional para el paciente y su
familia en su propio domicilio y entorno habitual. Sin embargo, el análisis de
la realidad permite concluir la existencia de una falta de compromiso con la
dispensación de una atención integral adecuada, entendiendo por tal, el
considerar los diferentes aspectos técnicos y emocionales particulares del caso
que nos ocupa, antes de tomar decisiones. Esta razón explica el porque se rompe
la coordinación entre los diferentes agentes que intervienen y se hacen
derivaciones que no llevan a ningún lado rompiéndose así la cadena lógica de la
evolución de los hechos, en ocasiones en contra de las propias decisiones y
deseos de las personas.
La siguiente mesa trato sobre los
cuidados paliativos con los siguientes temas: Proyecto de Ley del Principado
sobre derechos y garantías de la dignidad de las personas al final de la vida
(Sergio Gallego Riestra), Plan de Cuidados Paliativos en el Área Sanitaria IV (
Gabriel Redondo Torres), y la ética de los cuidados al final de la vida (Roger
Campione).
El Sr. Gallego explico su
carencia de motivación inicial para el relato de la Ley por carecer de
justificación ya que los diferentes apartados a incluir, según su opinión,
formaban parte de la “Lex Artis” la cual, no puede ser objeto de legislación
alguna. Le implico la modificación que se hizo a la llamada Ley de Autonomía
del Paciente en que por encima de todo se prima el mantenimiento de la vida, lo
que evidentemente conduce al encarnizamiento terapéutico. Salvo estos matices
circunstanciales, el contenido de la futura Ley no se diferencia de las
elaboradas por otras CC.AA. Sigue siendo necesario una estatal que duerme el
sueño de los justos. También, ¿hasta cuando la despenalización del suicidio
asistido? En otro orden de cosas, quise conocer su opinión en relación con una posible objeción
de conciencia a la sedación fruto de la revisión que hicimos tiempo atrás en
relación con el tema del aborto. Hizo alusión a los casos en que está regulada
por Ley: servicio militar y aborto, pero no se decanto de manera clara en el
sentido de que pudiera figurar un veto a dicha objeción en leyes como esta. El
objetivo de mi intervención consistía en que parto de la base que la sedación
es una manera de abordar el síntoma refractario y la agonía, y como tal es un
procedimiento también de la Lex Artis y por lo tanto no objetable.
El Sr. Redondo expuso un modo de
organizar los cuidados paliativos en el Área IV a partir del Plan Estratégico
del SESPA en esta materia. Como tal, no ha terminado de desarrollarse pendiente
del visto bueno de la Gerencia. Me pareció interesante su alusión en relación
con el grado de complejidad de los pacientes, al permitir ubicarlos en el nivel
adecuado. Le pregunte si tenía experiencia práctica en ello, ya que la realidad
indica que los grados más bajos son en ocasiones atendidos por equipos
especializados en lugar de serlo por las unidades de atención familiar de su
centro de salud como debe de ser, al no demostrar una actitud positiva hacia
las personas afectas de enfermedad terminal. No hubo una respuesta concreta.
La intervención de Roger Campione,
que como Sergio Gallego, son veteranos en estas jornadas, estuvo marcado por su
defensa del derecho de autonomía. El debate puso encima de la mesa la cuestión
del suicidio asistido y que a pesar de disponer de unos cuidados paliativos
excelentes, no conseguimos aliviar el llamado sufrimiento total, razón por la
que se debe optar por su regulación. ¿Se puede considerar el sufrimiento total
como un síntoma refractario? Si es así, se podría aplicar la sedación sin
ningún problema.
Las mesas del día siguiente
abordaron dos temas: el big data y la contención mecánica.
El primero, es una realidad; hay
tecnología suficiente para su manejo y la fiabilidad de sus conclusiones es muy
elevada, permitiendo obtener conclusiones muy
útiles para aplicar en la práctica clínica hasta tal punto que podrán
cambiar muchos paradigmas actuales. El metanálisis se quedara obsoleto. Las
experiencias que contaban van en esta línea. El problema recae en como
preservar la confidencialidad para evitar manejos con intencionalidad malsana.
El informe del IBC de la UNESCO trata sobre esto.
La contención mecánica se abordo
desde la perspectiva de limitación de derechos fundamentales y de que su uso no
esta exento de efectos adversos graves, incluso mortales, recalcando las
indicaciones y contraindicaciones y la necesidad de tener gente entrenada para
ponerla en marcha. Se menciono la necesidad de prevenir su uso y recurrir a
ellas como el último eslabón de la cadena de medidas a tomar. Surgieron
aspectos legales en relación a la necesidad de su consentimiento y solicitud de
permiso judicial.
En conclusión, los temas objeto
de debate fueron interesantes y los ponentes brillantes, suscitando un debate
enriquecedor. Esperamos que las próximas mantengan el nivel al que nos tienen
acostumbrados.
Juan A. Salcedo
Noviembre/2017
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